DEDUCCIONES DE LA CUOTA ÍNTEGRA
- Por inversión en empresas nuevas o de reciente creación
- Por donativos y otras aportaciones
- Aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores
- Por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla
- Por residencial habitual y efectiva en la isla de La Palma durante 2022 y 2023
- Por difusión y protección del Patrimonio Histórico Español y Mundial
- Para actividades económicas realizadas en Canarias
- Para actividades económicas realizadas en Islas Baleares
- Por incentivos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa
- Quién se puede aplicar las deducciones y que requisitos comunes tienen.
- Por actividades de I+D e Innovación Tecnológica.
- Por inversiones en producciones cinematográficas y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.
- Por creación de empleo.
- Por creación de empleo para trabajadores con discapacidad.
- Por inversión de beneficios.
- Bonificaciones Fiscales por acontecimientos de excepcional Interés Público..
- Por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial
- Por obras de mejora en vivienda. Cantidades satisfechas en 2012 pendientes de deducción
- Deducciones por inversión y alquiler de vivienda habitual (Régimen transitorio)
- Por inversión en la vivienda habitual.
- ¿Quién puede aplicarse este régimen transitorio?.
- Condiciones y requisitos generales de aplicación.
- Comprobación de la situación patrimonial del contribuyente.
- Tributación en IRPF por devolución de las cláusulas suelo.
- Deducción si se extingue el condominio después de 2013 adjudicado 100% a una de las partes.
- Deducción por totalidad de cantidades pagadas aun cuando solo sea propietario del 50%.
- Deducción cuando se cambia préstamo hipotecario de entidad bancaria.
- Por alquiler de la vivienda habitual.
- Por inversión en la vivienda habitual.
- Deducción por obras para mejorar la eficiencia energética de la vivienda
- Para unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la UE o del EEE
- Por compra de coches eléctricos e instalación de puntos de recarga privados
- Deducciones AUTONÓMICAS
- Andalucía
- Adopción de hijos en el ámbito internacional.
- Asistencia a personas con discapacidad.
- Ayuda doméstica.
- Para familia numerosa.
- Por donativos con finalidad ecológica.
- Por gastos educativos.
- Cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual.
- Contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad.
- Para contribuyentes con discapacidad.
- Inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes.
- Inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles.
- Por nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores.
- Padre o madre de familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años.
- Trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral.
- Aragón
- Acogimiento de personas o familias ucranianas por conflicto armado.
- Adopción internacional de niños. (Modificado 2023).
- Adquisición de libros de texto y material escolar.
- Adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo.
- Adquisición o rehabilitación de vivienda en núcleos rurales o análogos. (Modificado 2023).
- Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.
- Arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador).
- Cuidado de personas dependientes. (Modificado 2023).
- Donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico.
- Gastos de guardería de hijos menores de 3 años.
- Inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil.
- Inversión en entidades de la economía social.
- Inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación.
- Mayores de 70 años.
- Nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos. (Modificado 2023).
- Por ayudas de carácter humanitario al pueblo ucraniano con motivo del conflicto armado en su país.
- Por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. (Modificado 2023).
- Nacimiento o adopción del primer y/o segundo hijo en poblaciones de menos de 10.000 habitantes.
- Por residencia en determinados municipios. (Novedad 2023).
- Asturias
- Acogimiento familiar de menores.
- Acogimiento no remunerado de mayores de 65 años.
- Adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad. (Modificado 2023)
- Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en concejos en riesgo de despoblación.
- Adopción internacional de menores.
- Alquiler de vivienda habitual.
- Certificación de la gestión forestal sostenible.
- Compra de libros de texto y material escolar.
- Donaciones de fincas rústicas a favor del Principado de Asturias.
- Familias monoparentales.
- Familias numerosas.
- Gastos de descendientes en centros de cero a tres años.
- Gastos de formación de contribuyentes que desarrollen trabajos especialmente cualificados relacionados con actividades de I + D, científicas o de carácter técnico.
- Gastos de transporte público para residentes en concejos en riesgo de despoblación.
- Nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en concejos en riesgo de despoblamiento.
- Para inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida.
- Partos múltiples o por dos o más adopciones constituidas en la misma fecha.
- Por adquisición de vehículos eléctricos.
- Por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad. (Modificado 2023).
- Por emancipación de jóvenes de hasta 35 años de edad.
- Por traslado de domicilio fiscal al Principado de Asturias por motivos laborales. (Modificado 2023)
- Trabajadores por cuenta propia, o autónomos en concejos en riesgo de despoblación.
- Por la obtención de ayudas otorgadas por el Principado a enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica. (Novedad 2023).
- Baleares
- Arrendamiento de la vivienda habitual en el territorio de las Islas Baleares a favor de determinados colectivos. (Modificado 2023).
- Arrendamiento de la vivienda habitual en el territorio de las Islas Baleares. (Novedad 2023).
- Arrendamiento de bienes inmuebles en Baleares destinados a vivienda (deducción del arrendador).
- Arrendamiento de vivienda en territorio Balear por traslado temporal de residencia por motivos laborales.
- Cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual.
- Declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con descendientes con esta condición.
- Determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual.
- Donaciones a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o la innovación.
- Donaciones a determinadas entidades que tengan por objeto el fomento de la lengua catalana.
- Donaciones a entidades del tercer sector.
- Donaciones o cesiones de uso de contratos de comodato o convenios de colaboración empresarial relativos al consumo cultural.
- Donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración, relativos al mecenazgo deportivo.
- Gastos en hijos o acogidos menores de 6 años por motivos de conciliación.
- Gastos de adquisición de libros de texto. (Modificado 2023).
- Gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros.
- Inversión en la adquisición de acciones o de participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
- Para comprensar el incremento del coste de los préstamos hipotecarios a tipo variable.
- Por adopción. (Novedad 2023).
- Por nacimiento. (Novedad 2023).
- Por obtención de ayudas para paliar los efectos de la inflación. (Novedad 2023).
- Subvenciones declaración zona afectada.
- Canarias
- Arrendamiento vinculado a dación en pago.
- Cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de Interés Cultural.
- Contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años.
- Contribuyentes desempleados.
- Donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia.
- Donaciones en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual.
- Donaciones hechas a entidades sin ánimo de lucro.
- Donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias.
- Efectuar donaciones con finalidad ecológica.
- Familias canarias monoparentales.
- Familia numerosa.
- Gastos de estudios desde infantil hasta formación profesional.
- Gastos de estudios.
- Gastos efectuados en guarderías.
- Gastos en primas de seguros para cubrir impagos. Arrendador
- Inversión realizada en vivienda habitual.
- Nacimiento o adopción de hijos.
- Obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad.
- Obras de rehabilitación energética y reforma de vivienda habitual.
- Por alquiler de vivienda habitual.
- Por acogimiento en Canarias de menores.
- Por los gastos de enfermedad.
- Por alza de los precios.
- Trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica.
- Tener familiares dependientes con discapacidad.
- Límites comunes y obligaciones formales para aplicar las deducciones.
- Cantabria
- Acogimiento familiar de menores Cantabria. (Modificado 2023).
- Arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores y personas con discapacidad.
- Cuidado de familiares. (Modificado 2023).
- Donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera.
- Familia monoparental. (Modificado 2023).
- Gastos de enfermedad.
- Gastos por guardería. (Modificado 2023).
- Gastos de guardería para contribuyentes con residencia habitual en zonas rurales en riesgo de despoblamiento.
- Gastos ocasionados al trasladar residencia habitual a una zona en riesgo de despoblamiento.
- Inversiones o donaciones a entidades de la Economía Social.
- Inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
- Por contratos de arrendamiento de viviendas situadas en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento.
- Por nacimiento y adopción de hijos. (Modificado 2023).
- Realización de obras de mejora.
- Castilla la Mancha
- Acogimiento familiar no remunerado de menores.
- Adopción o nacimiento de hijos.
- Arrendamiento por menores de 36 años de vivienda habitual.
- Ascendientes o descendientes con discapacidad.
- Cantidades donadas para la cooperación internacional al desarrollo y a las entidades para la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la ayuda a personas con discapacidad.
- Contribuyente con discapacidad.
- Contribuyentes mayores de 75 años.
- Cuidado de ascendientes mayores de 75 años.
- Donaciones de bienes culturales y al patrimonio cultural.
- Donaciones en investigación y desarrollo científico e innovación empresarial.
- Gastos realizados en la adquisición de libros de texto y por la enseñanza de idiomas.
- Por acogimiento de mayores de 65 años o con discapacidad no remunerado.
- Por ser familia numerosa.
- Por familia monoparental.
- Por gastos de guardería.
- Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades.
- Por inversión en entidades de la economía social.
- Por los gastos en intereses por la financiación ajena de la adquisición de primera vivienda habitual por menores de 40 años.
- Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.
- Por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas.
- Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales.
- Por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad.
- Por residencia habitual en zonas rurales.
- Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales.
- Por traslado de vivienda habitual.
- Castilla y León
- Adopciones simultáneas o partos múltiples.
- Adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales.
- Alquiler de vivienda habitual para jóvenes.
- Cantidades donadas a Fundaciones de Castilla y León y para la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural.
- Cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.
- Cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de Castilla y León.
- Contribuyente afectado por discapacidad.
- Cuidado de hijos menores.
- Cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar.
- Fomento de emprendimiento.
- Fomento de la movilidad sostenible.
- Gastos de adopción. (Modificado 2023).
- Inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación a personas con discapacidad en vivienda habitual.
- Nacimiento y/o adopción de hijos. (Modificado 2023).
- Para las familias numerosas. (Modificado 2023).
- Rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en nucleos rurales.
- Si se adquiere una vivienda de nueva construcción para residencia habitual.
- Orden de aplicación de las deducciones sobre la cuota íntegra autonómica.
- Cataluña
- Alquiler del contribuyente de la vivienda habitual.
- Donaciones a determinadas entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio.
- Donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana.
- Donativos a entidades que fomentan la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos.
- Inversión por un ángel inversor por la adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de reciente creación. (Modificado 2023).
- Nacimiento o/y adopción de un hijo.
- Pago de intereses de préstamos para los estudios de máster y doctorado.
- Para contribuyentes que hayan quedado viudos en 2021, 2022 ó 2023.
- Por obligación de presentar la declaración del IRPF en razón de tener más de un pagador.
- Rehabilitación de la vivienda habitual.
- Tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual.
- Extremadura
- Acogimiento de menores.
- Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo.
- Arrendamiento vivienda habitual. (Modificado 2023).
- Compra de material escolar.
- Contribuyentes viudos.
- Cuidado de familiares con discapacidad.
- Inversión En Acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles.
- Partos múltiples en el periodo impositivo.
- Por cuidado de hijos menores de hasta 14 años inclusive.
- Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales de Extremadura.
- Por residir habitualmente en municipios y entidades locales menores con población inferior a 3.000 habitantes.
- Por intereses de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes.
- Trabajo dependiente.
- Galicia
- Acogimiento simple, permanente, provisional o preadoptivo de menores.
- Alquiler de la vivienda habitual.
- Ayudas y subvenciones recibidas por deportistas de alto nivel.
- Contribuyentes de 65 años o mas con discapacidad que precisen ayuda de terceras personas.
- Cuidado, por motivos de trabajo, de hijos menores.
- De familias numerosas.
- Donaciones a la investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica.
- Familias con dos o más hijos. (Novedad 2023).
- Gastos dirigidos al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos.
- Inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bolsista.
- Inversión en empresas agrarias y cooperativas.
- Inversión En Instalaciones de Climatización y/o agua caliente sanitaria que empleen energías renovables en la vivienda habitual y destinadas exclusivamente al autoconsumo.
- Inversión por acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación.
- Nacimiento o/y adopción de hijos.
- Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y su financiación.
- Por obras de mejora de eficiencia energética en edificios o viviendas unifamiliares.
- Para paliar daños causados por la explosión de Tui de 2018.
- Rehabilitación de bienes inmuebles en centros históricos.
- Subvenciones por incendios de octubre de 2017.
- Por adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo.
- Comunidad de Madrid
- Menores en régimen de acogimiento familiar. (Modificado 2023).
- Acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad. (Modificado 2023).
- Adopción de carácter internacional de niños. (Modificado 2023).
- Arrendamiento de la vivienda habitual por menores de 35 años.
- Compra de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación. (Modificado 2023).
- Cuidado de ascendientes. (Novedad 2023).
- Familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.
- Fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años.
- Gastos educativos. (Modificado 2023).
- Por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos. (Novedad 2023).
- Por el pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes menores de treinta años. (Novedad 2023).
- Por el pago de intereses de préstamos a estudios de Grado, Máster y Doctorado. (Novedad 2023).
- Por gastos de arrendamientos de viviendas (deducción del arrendador). (Novedad 2023).
- Por obtención de la condición de familia numerosa. (Novedad 2023).
- Hijos nacidos o adoptados. (Modificado 2023).
- Incremento de los costes de la financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interés NO APLICABLE EN 2023.
- Inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil.
- Deducción por cuidado de hijos menores de tres años, mayores dependientes y discapacitados. (Modificado 2023).
- Por donativos a Fundaciones y clubs deportivos.
- Región de Murcia
- Acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y discapacitados.
- Adopción o Nacimiento.
- Compra de participaciones sociales o acciones en entidades nuevas o de reciente creación.
- Contribuyentes con discapacidad Murcia. (Modificado 2023).
- Donaciones para protección patrimonio cultural de la Región de Murcia u otras actividades.
- Por donaciones de bienes inscritos en el Inventario del Patrimonio Cultural de la Región de Murcia. (Novedad 2023).
- Donativos para la investigación biosanitaria.
- Gastos de guardería para hijos menores de tres años.
- Gastos en la adquisición de material escolar y libros de texto.
- Inversiones en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil.
- Inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables.
- Inversión en vivienda habitual por jóvenes de edad igual o inferior a 35 años.
- Inversiones en dispositivos domésticos de ahorro de agua.
- Régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual.
- Para mujeres trabajadoras.
- Por adquisición o ampliación de nueva vivienda habitual por familias numerosas. (Novedad 2023).
- Por arrendamiento de la vivienda habitual.
- Por conciliación.
- La Rioja
- Adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido.
- Adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios.
- Adquisición o rehabilitación de una segunda vivienda en el medio rural.
- Arrendamiento de vivienda habitual contribuyentes menores 36 años.
- Cantidades invertidas en la rehabilitación de la vivienda habitual.
- Por donaciones irrevocables, puras y simples en materia de mecenazgo..
- Por cantidades investigación, conservación, rehabilitación Patrimonio Histórico.
- Deducción por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años.
- Gastos en escuelas y centros infantiles de pequeños municipios para niños de 0 a 3 años.
- Gastos de contratación de personal para el cuidado de familiares Covid.
- Hijo de 0 a 3 años que resida en municipios pequeños.
- Inversión en adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes.
- Nacimiento o adopción del primer, segundo o ulterior hijo.
- Obras de rehabilitación de vivienda habitual en La Rioja para personas con discapacidad.
- Para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva. (Novedad 2023).
- Para paliar la subida de los intereses de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda habitual. (Novedad 2023).
- Por menores de La Rioja en acogimiento familiar de urgencia, temporal o permante.
- Por hijos de 0 a 3 años escolarizados en cualquier municipio.
- Por la adquisición de vehículos eléctricos.
- Por suministro de luz y gas para jóvenes emancipados.
- Por acceso a internet para los jóvenes emancipados.
- Comunidad Valenciana
- Adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad.
- Arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio.
- Por arrendamiento o pago para la cesión en uso de la vivienda habitual.
- Ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad.
- Cantidades destinadas a inversiones para el autoconsumo eléctrico y aprovechamiento de fuentes de energía renovables en la vivienda habitual e instalaciones colectivas.
- Cantidades destinadas a la adquisición de material escolar.
- Cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, procedentes de ayudas públicas.
- Cantidades destinadas a la Custodia NO Ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos o acogidos en la modalidad de acogimiento permanente, menores de tres años.
- Cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas a efectos del ERTE.
- Conciliación del trabajo con la vida familiar.
- Contribuyentes con discapacidad, en grado igual o superior al 33 por 100, de edad igual o superior a 65 años.
- Contribuyentes con dos o más descendientes.
- Deducción por familia numerosa o monoparental.
- Donaciones realizadas con una finalidad ecológica.
- Donaciones de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Donaciones de importes dinerarios relativas a otros fines culturales.
- Donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana.
- Donaciones para contribuir a la financiación de gastos por la crisis sanitaria del COVID-19.
- Donaciones para financiar la investigación y la prevención del COVID-19.
- Donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Requisito conjunto para determinadas deducciones autonómicas por donativos.
- Justificación documental de determinadas deducciones autonómicas por donativos o cesiones de uso o comodato
- Nacimiento o adopción de hijos con discapacidad.
- Nacimiento o adopción múltiples.
- Nacimiento, adopción o acogimiento familiar.
- Obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual.
- Obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual. 2014 y 2015.
- Obtención de rentas derivadas de arrendamientos cuya renta no supera el precio de referencia.
- Por adquisición de vehículos nuevos pertenecientes a las categorías incluidas en la Orden 5/2020.
- Por cantidades destinadas a abonos culturales.
- Por cantidades satisfechas en determinados gastos de salud. (Novedad 2023).
- Por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables. (Novedad 2023).
- Por las cantidades satisfechas en tratamientos de fertilidad.
- Por contratar de manera indefinida a Empleados de Hogar inscritos en el Régimen General de la Seguridad Social para el cuidado de personas.
- Por el incremento de los costes de la financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual.
- Por inversión en adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación.
- Por residir habitualmente en un municipio en riesgo de despoblamiento.
- Primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años.
- Andalucía
DEDUCCIONES DE LA CUOTA LÍQUIDA
- Por doble imposición internacional de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero
- Por doble imposición internacional en aplicación de régimen de transparencia fiscal
- Por doble imposición internacional por los derechos de imagen
DEDUCCIONES DE LA CUOTA DIFERENCIAL
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