Disposición adicional vigésimocuarta.Retenciones sobre rendimientos del trabajo correspondientes a enero de 2015.
Reglamentariamente podrán determinarse especialidades para determinar las retenciones e ingresos a cuenta a practicar sobre los rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen durante el mes de enero de 2015.NOTA: Redacción modificada por Ley 26/2014, de 27 de noviembre.Redacción Anterior
- Redacción anterior disposición adicional 24ª anterior a Ley 26/2014Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.