Disposición transitoria duodécima. Deducción por inversión en vivienda habitual.
1. La deducción por inversión en vivienda habitual regulada en la disposición transitoria decimoctava de la Ley del Impuesto se aplicará conforme a lo dispuesto en el capítulo I del Título IV de este Reglamento, en la redacción en vigor a 31 de diciembre de 2012. 2. Los contribuyentes que por aplicación de lo establecido en la disposición transitoria decimoctava de la Ley del Impuesto ejerciten el derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual, estarán obligados, en todo caso, a presentar declaración por este Impuesto.NOTA: Redacción dada por Real Decreto 960/2013, de 5 de diciembre.Jurisprudencia
-Resolución Nº00629/2021 TEAC. Deducción total por la adquisición de vivienda habitual al propietario del 50% de la vivienda por disolución de la sociedad de gananciales.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.