Ingreso a cuenta en el IRPF. Retribución en especie del capital mobiliario

INGRESOS A CUENTA SOBRE RETRIBUCIONES EN ESPECIE DEL CAPITAL MOBILIARIO.



    La cuantía del ingreso a cuenta que corresponda realizar por las retribuciones satisfechas en especie se calculará aplicando a su valor de mercado el porcentaje que resulte de lo dispuesto para las retenciones de los rendimientos dinerarios del capital mobiliario.

    El valor de mercado de la retribución en especie será el importe que resulte de incrementar en un 20 por 100 el valor de adquisición o coste para el pagador.

Legislación



- Art. 101 Ley 35/2006 LIRPF. Importe de los pagos a cuenta.
- Art. 90 RD 439/2007 RIRPF. Importe de las retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario.
- Art. 93 RD 439/2007 RIRPF. Base de retención sobre los rendimientos del capital mobiliario.
- Art. 103 RD 439/2007 RIRPF. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del capital mobiliario.

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