MÍNIMOS EXENTOS SOBRE LOS QUE NO HAY QUE RETENER
El Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (35/2006), y consecuentemente con ésta, la regulación de las retenciones de este impuesto ha significado una variación en la forma de calcular las retenciones sobre los rendimientos del trabajo en relación al sistema previamente utilizado. En este sentido se han excluído de retención determinadas rentas por lo que puede no ser necesario practicar retenciones tal y como señala el artículo 81 del RIRPF, por lo que los límites a partir del 8 de febrero de 2024 serán los siguientes (en Euros):Situación del contribuyente | Nº de hijos y otros descendientes | ||
0 | 1 | 2 o más | |
1.ª Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente | --- | 17.644 | 18.694 |
2.ª Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas | 17.197 | 18.130 | 19.262 |
3.ª Otras situaciones | 15.876 | 16.342 | 16.867 |
- Ver Tabla aplicable desde 01.01.2023 hasta 07/02/2024
Situación del contribuyente Nº de hijos y otros descendientes 0 1 2 o más 1.ª Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente --- 17.270 18.617 2.ª Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas 16.696 17.894 19.241 3.ª Otras situaciones 15.000 15.599 16.272 - Ver Tabla aplicable desde 01.01.2019 hasta 31.12.2022
Situación del contribuyente Nº de hijos y otros descendientes 0 1 2 o más 1.ª Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente --- 15.947 17.100 2.ª Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas 15.456 16.481 17.634 3.ª Otras situaciones 14.000 14.516 15.093
Legislación
- Art.81 RD 439/2007 IRPF. Límite cuantitativo excluyente de la obligación de retenerQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.