RENTAS EXENTAS. Rentas con progresividad.
- A la base liquidable general se sumará el importe correspondiente a las rentas exentas con progresividad, aplicando al resultado la escala de gravamen general y la aprobada por la Comunidad Autónoma que corresponda. Como resultado se obtienen las cuotas parciales CP1 y CP2.
- Al importe del mínimo personal y familiar (siempre que no supere la base liquidable general o, en su caso, la base liquidable general incrementada con las rentas exentas con progresividad) se le aplican, sucesivamente, la escala de gravamen general, obteniéndose de esta forma la CP3 y la escala de gravamen autonómica CP4.
- A partir de las cuatro cuotas parciales (CPs) obtenidas en las fases anteriores se calculan las siguientes magnitudes:
- Por la parte estatal: CR1 (Cuota resultante) = CP1 - CP3
- Por la parte autonómica: CR2 = CP2 - CP4
- A partir de estas cuotas resultantes (CRs) determinaremos el tipo medio de gravamen, estatal y autonómico de la siguiente manera:
Tipo Medio = CR1 o CR2Base liquidable con rentas exentasx 100 - Una vez obtenidos dichos tipos medios, se aplicarán exclusivamente sobre la base liquidable general, sin incluir las rentas exentas con progresividad. De esta forma obtendremos la cuota íntegra estatal y autonómica, respectivamente, correspondientes a la base liquidable general.
- Solamente en el caso de que hubiese remanente del mínimo personal y familiar no aplicado en la base liquidable general, se hallarán las cuotas que correspondan a dicho remanente aplicando los tipos de gravamen de las escalas del ahorro estatal y autonómica.
- Para la aplicación de este procedimiento, y su consiguiente efecto en el tipo medio de gravamen, la cuantía de la base liquidable del ahorro (incrementada en el importe de las rentas exentas con progresividad), descontado el remanente de mínimo personal y familiar (en su caso) ha de superar la cantidad de 6.000 euros.
Ejemplo
Solución
Aplicando el procedimiento descrito anteriormente tendremos:- Cuota íntegra general:
- Sumamos la base liquidable general y las exentas: Base Liquidable parcial = 50.000 + 5.200 = 55.200 Euros. Aplicamos la escala de gravamen:
- Escala Estatal (CP1):
Tramo Tipo Importe Hasta 20.000 euros 2.112,75 7.750 12% 930,00 15.000 15% 2.250,00 12.450 18,5% 2.303,25 Total: 7.596,00 CP1 = 7.596,00 euros.
- Escala Autonómica (CP2): En el caso de Castilla la Mancha es la misma para esta base liquidable:
CP2 = 7.596,00 euros.
- Escala Estatal (CP1):
- Aplicación de mímino personal y familiar (igual tabla estatal y autonómica):
CP3 = CP4 = 5.550 x 9,5 % = 527.25 euros.
- Determinación de la cuota resultante (CR): Dado que en este caso particular las cuotas estatal y autonómina coinciden, tendremos:
Cuota estatal = CR1 = 7.596,00 - 527,25 = 7.068,75 Euros
Cuota autonómica = CR2 = 7.596,00 - 527,25 = 7.068,75 Euros
- Hallamos el tipo medio (autonómico y estatal es el mismo):
Tipo Medio = 7.068,7555.200,00x 100 = 12,80% - Aplicamos el tipo anterior a las rentas sin incluir las exentas, hallando así la cuota íntegra general estatal y autonómica (será la misma en este caso).
Cuota Íntegra General = 50.000 x 12,80% = 6.400 Euros Cuota Íntegra Autonómica = 50.000 x 12,80% = 6.400 Euros
Luego la cuota íntegra total será la suma de la estatal y la autonómica, por lo que en este caso es:Cuota Íntegra General Total = 6.400 + 6.400 = 12.800 euros.
La Cuota Íntegra General Total en caso de no haber integrado las rentas exentas para el cálculo del tipo medio (rentas totalmente exentas) sería de 12.210 Euros.
- Sumamos la base liquidable general y las exentas: Base Liquidable parcial = 50.000 + 5.200 = 55.200 Euros. Aplicamos la escala de gravamen:
- Cuota íntegra del ahorro: Debido a que la base liquidable del ahorro incrementada en el importe de las rentas exentas con progresividad es superior a 6.000 euros, tendremos que aplicar a estas rentas el procedimiento anterior para la determinación de la cuota correspondiente.
- Sumamos la base liquidable del ahorro y las exentas: Base Liquidable ahorro parcial = 4.100 + 80.000 = 84.100 Euros. Aplicamos la escala de gravamen:
- Escala Estatal ahorro (CPA1):
Tramo Tipo Importe Hasta 6.000 euros 9,00% 570,00 44.000 10,50% 4.620,00 34.100 11,50% 3.921,50 Total: 9.111,50 CPA1 = 9.111,50 euros.
- Escala Autonómica ahorro (CPA2): En el caso de Castilla la Mancha es la misma para esta base liquidable:
CPA2 = 9.111,50 euros.
- Escala Estatal ahorro (CPA1):
- Aplicación de mímino personal y familiar: Dado que esta partida ha sido aplicada en su totalidad a la base liquidable general, no procede su aplicación a la base imponible del ahorro, luego CPA3 = CPA4 = 0.
- Determinación de la cuota resultante (CR): En este caso coincide con CPA1 y CPA2
CRA1 = CRA2 = 9.111,50 Euros
- Hallamos el tipo medio (autonómico y estatal es el mismo):
Tipo Medio = 9.111,5084.100,00x 100 = 10,83% - Aplicamos el tipo anterior a las rentas del ahorro sin incluir las exentas, hallando así la cuota íntegra del ahorro estatal que será la misma que la autonómica en este caso.
Cuota Íntegra Ahorro = 4.100 x 10,83% = 444,03 Euros
Luego la cuota íntegra del ahorro será la suma de la estatal y la autonómica, por lo que en este caso es:Cuota Íntegra del Ahorro Total = 444,03 + 444,03 = 888,06 euros.
La Cuota Íntegra del Ahorro Total en caso de no haber integrado las rentas exentas para el cálculo del tipo medio (rentas totalmente exentas) sería de 779 Euros. - Resultado de la liquidación, a ingresar:
Resultado Liquidación = 12.800 + 888,06 = 13.688,06
- Sumamos la base liquidable del ahorro y las exentas: Base Liquidable ahorro parcial = 4.100 + 80.000 = 84.100 Euros. Aplicamos la escala de gravamen:
Comentarios
- Mínimo personal y familiar.- Base liquidable general y del ahorro- Esquema de liquidación del IRPF- Determinación de la cuota íntegra estatal y autonómica.Siguiente: Exención IRPF por gratificaciones por misiones de paz.
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