Tributación en IRPF de la ayuda de 200 euros por bajos ingresos
El legislador ha justificado la normalización de determinado tipo de ayudas, durante los ejercicios 2021 y 2022 a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio por el contexto bélico y las causas económicas derivadas del mismo consecuencia de la guerra entre Ucrania y Rusia; así, se ha entendido necesaria la implementación de una línea directa de ayudas (200 euros anuales) a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que sean asalariados, autónomos o desempleados siempre y cuando cumplan determinados requisitos. La percepción de este tipo de ayudas necesita de su correcto tratamiento tributario en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -IRPF- pues serán los contribuyentes de este tributo los beneficiarios de los señalados 200€ anuales. Previamente a su tratamiento fiscal, conviene recordar de una forma muy básica y sin entrar en los requisitos para obtener su beneficio, las principales características de las ayudas referidas en este apartado:Normativa Reguladora | Beneficiarios | Requisitos básicos |
Art. 31. Real Decreto-ley 11/2022 de 25 de junio. | Personas físicas que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en la Seguridad Social o mutualidad, o sean desempleados inscritos en la oficina de empleo (con o sin prestación o subsidio por desempleo) | Perciban (en 2021) ingresos inferiores a 14.000 euros anuales y tengan un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales. |
Art. 74. Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre. | Personas físicas que durante el ejercicio 2022 hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo. | Que en 2022 hayan percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000,00 euros anuales y tengan un patrimonio inferior a 75.000,00 euros anuales a 31 de diciembre de 2022. |
¿Se debe tributar por la percepción de este tipo de ayudas en el IRPF?
Sepa que:
Estas ayudas no están exentas del IRPF si bien puede ocurrir que no haya obligación de declararlas.
Periodo de imputación
Obligación de declarar las Ayudas
Así, de lo relatado en párrafos anteriores hemos de determinar que este tipo de ayudas:- Tienen la consideración de ganancia patrimonial
- Deben integrar la base imponible general del impuesto.
- Luego existe obligación de ser declaradas.
Por ejemplo:
Si un contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe alguna de las ayudas aquí señaladas, al ser por un importe inferior a 1.000 euros anuales (200€), no estará obligado a presentar declaración.
Esta misma interpretación es trasladable al bono cultural joven: ayuda de hasta 400 euros que concede el Estado, a través del Ministerio de Cultura y Deporte, para facilitar el acceso de los jóvenes a la cultura.
Comentarios
Obligación de presentar la declaración del IRPF.Legislación
Art. 33 Ley 35/2006 LIRPF. Concepto.Art. 48 Ley 35/2006 LIRPF. Integración y compensación de rentas en la base imponible general.Art. 96 Ley 35/2006 LIRPF. Obligación de declarar.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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