Artículo 71. Ley 19/1994, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Normativa
Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Artículo 71. Infracciones y sanciones tributarias.




    1. Lo dispuesto en este capítulo se entenderá  sin perjuicio de lo previsto en las disposiciones reguladoras del  régimen de infracciones y sanciones tributarias y del procedimiento para  su aplicación.

    2. Las resoluciones del Consorcio de la Zona  Especial Canaria que recaigan como consecuencia de la incoación de los  expedientes sancionadores dimanantes del régimen previsto en este  capítulo no impedirán el ejercicio de las competencias que el  ordenamiento jurídico atribuye a las Administraciones tributarias en  orden a la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos por  la presente Ley a las entidades de la Zona Especial Canaria para el  disfrute de los beneficios fiscales contemplados en la misma.


NOTA: Redacción modificada por Real Decreto-Ley 2/2000, de 23 de junio.
NOTA: Redacción modificada por Real Decreto-Ley 3/1996, de 26 de enero.

Siguiente: Art. 72. Ley 19/1994, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Régimen jurídico aplicable a las Zonas Francas Canarias

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos