Artículo 12. Órgano competente.
Será competente para instruir y resolver el procedimiento relativo a planes de gastos correspondientes a actuaciones medioambientales y de inversiones y gastos de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común, el órgano de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que corresponda de acuerdo con sus normas de estructura orgánica.NOTA: De aplicación a los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2015.Legislación
Art. 10 RD 634/2015 Planes de gastos correspondientes a actuaciones medioambientales. Art. 11 RD 634/2015 Planes especiales de inversiones y gastos de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.Equivalencia Normativa
Equivalencia Ley anterior Art. 12 RD 1777/2004.Siguiente: Artículo 13. Real Decreto 634/2015, Reglamento del Impuesto sobre Sociedades
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.