Artículo 45. Real Decreto 634/2015, Reglamento del Impuesto sobre Sociedades

Normativa
Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 45. Límites de la acumulación de las ayudas al sector cinematográfico.




    En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa comunitaria, la deducción prevista en el apartado 2 del artículo 36 de la Ley del Impuesto resultará de aplicación, siempre que se tengan en cuenta los siguientes límites:

    a) Las producciones que generen derecho a la referida deducción deberán tener un coste mínimo de 2 millones de euros.

    b) La base de la deducción no podrá superar el 80 por ciento del coste total de la producción.


NOTA: Redacción modificada por el RD 1021/2015, de 13 de noviembre.

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Legislación



Art. 36 Ley 27/2014 Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.

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