Artículo 50. Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto sobre la renta de no residentes.

Normativa
Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Artículo 50. Orden jurisdiccional.




    La jurisdicción contencioso-administrativa, previo agotamiento de la vía económico-administrativa, será la única competente para dirimir las controversias de hecho y de derecho que se susciten entre la Administración y los contribuyentes, retenedores y demás obligados tributarios en relación con cualquiera de las cuestiones a que se refiere esta ley.

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