200 CASILLA 338. MODELO 200. OTRAS PROVISIONES NO DEDUCIBLES FISCALMENTE NO AFECTADAS POR EL ART.11.12
En esta clave se deberán consignar, en el período impositivo en que la provisión se aplique a su finalidad, el importe aplicado y que constituyó como gasto contable en períodos impositivos anteriores por los que se realizó el correspondiente aumento del resultado contable en la casilla 337, al ser considerados como fiscalmente no deducibles en su momento. Recordemos que estos gastos por provisiones debían ser:- Provisiones por gastos relativos a retribuciones a largo plazo al personal mediante sistemas de aportación definida o prestación definida, recogidas en el artículo 14.2
- Gastos asociados a las siguientes provisiones:
- Los derivados de obligaciones implícitas o tácitas.
- Los concernientes a los costes de cumplimiento de contratos que excedan a los beneficios económicos que se esperan recibir de los mismos.
- Los derivados de reestructuraciones, excepto si se refieren a obligaciones legales o contractuales y no meramente tácitas.
- Los relativos al riesgo de devoluciones de ventas.
- Los de personal que se correspondan con pagos basados en instrumentos de patrimonio, utilizados como fórmula de retribución a los empleados, y se satisfagan en efectivo.
- Gastos correspondientes a actuaciones medioambientales, que no cumplan los requisitos normativos, según el artículo 14.4
- Provisiones técnicas realizadas por las entidades aseguradoras que excedan el importe de las cuantías mínimas establecidas, según lo establecido en el artículo 14.7
- Gastos inherentes a los riesgos derivados de garantías de reparación y revisión que excedan del límite reglamentado en el artículo 14.9
Ejemplo
Solución
Una vez que la provisión se ha dedicado a su finalidad, mediante la entrega a los empleados, el gasto será fiscalmente deducible, por tanto:Una vez que seleccionamos la pestaña para rellenar el ajuste en la casilla 338, nos aparecerá una ventana en la que tendremos que diferenciar la corrección en función de si es permanente o temporaria.
Por último, habrá que reflejar la corrección en el cuadro detalle de las correcciones de la cuenta de pérdidas y ganancias, que se encuentra a partir de la página 26.bis
200Instrucciones
Comentarios
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