Consultas IS. Imputación de ingresos. Devolución de impuestos
Consulta número: V0052-05 - Fecha: 15/02/2005
Órgano: SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
NORMATIVA LIS, TRLIS RDLeg 4/2004, ART.19
DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS
La Consellería de Economía y Hacienda de la Generalitat Valenciana reclamó a la consultante el pago de tasas fiscales sobre el juego de máquinas recreativas que fueron ingresadas en el año 1994. No estando conforme con las mismas, se recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad valenciana y en fecha 02-05-03 se dictó sentencia reconociendo el derecho a la devolución de las cantidades ingresadas con los intereses de demora devengados. Dichas cantidades fueron devueltas por resolución de 22-01-04.
CUESTIÓN PLANTEADA
Período impositivo en el que se debe imputar la devolución de los tributos y de los intereses devengados.
CONTESTACIÓN COMPLETA
El apartado 3 del artículo 10 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (B.O.E de 11 de marzo de 2004), en adelante TRLIS, dispone que:"En el régimen de estimación directa la base imponible se calculará corrigiendo, mediante la aplicación de los preceptos establecidos en la presente Ley, el resultado contable determinado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Comercio, en las demás leyes relativas a dicha determinación y en las disposiciones que se dicten en desarrollo de las citadas normas."Por su parte, el apartado 1 del artículo 19 del TRLIS establece que:"Los ingresos y los gastos se imputarán en el período impositivo en que se devenguen, atendiendo a la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera, respetando la debida correlación entre unos y otros."En consecuencia, las cantidades cuya devolución se reconozca, que se corresponden con partidas que fueron deducidas como gasto en la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 1994, incluyendo los intereses de demora reconocidos a favor de la entidad, deberán integrarse como ingreso en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en el que se reconozca el derecho a su devolución, circunstancia que, en este caso concreto, se produce en el ejercicio 2003.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.
Comparte sólo esta página:
Síguenos
Las cookies permiten analizar su navegación en nuestro sitio para elaborar y mostrarte los contenidos más adecuados en cada momento.
Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para seguir disfrutando de nuestro sitio web con todas las cookies, o haz clic en "Configuración de cookies" para gestionar tus preferencias.
Puede ampliar información y modificar sus preferencias acerca de esta privacidad aquí.
Usamos el menor número posible de cookies para que el sitio web funcione, pero estimamos conveniente utilizar otras. Haciendo click en "Aceptar todas las cookies" aceptas que guardemos otras cookies no estrictamente necesarias con el objetivo de mejorar tu navegación en el sitio. Así podríamos analizar el uso del sitio, de manera colectiva, para mostrarte los contenidos más actuales y relevantes. También es posible, que la publicidad que visualices sea lo más personalizada posible. Puedes hacer click en "Configuración de cookies" para obtener más información y elegir qué cookies quieres que guardemos. Para más información puedes ver nuestra política de privacidad.
Son cookies necesarias para el correcto funcionamiento de nuestro sitio web. Se usan para que tengas una mejor experiencia usando nuestros servicios. Puedes desactivar estas cookies cambiando la configuración de tu navegador. Información de las cookies
NombreCONS
Huéspedsupercontable.com
TipoPropia
Duración3 meses
InformaciónAcerca del consentimiento de las cookies.
Estas cookies nos permiten contar las visitas a los contenidos de nuestro sitio y cuando se realizaron. Esta información se trata en conjunto para toda la página, nunca a nivel individual. Nos permite saber qué contenidos son más atractivos para el público y elaborar contenidos nuevos lo más interesantes posible. Información de las cookies
Son cookies colocadas por nuestros socios publicitarios. Intentan mostrarte publicidad acorde a tus intereses. Si desactiva estas cookies no tendrá menos publicidad, sino que será menos personalizada. Información de las cookies