D.T. 25ª. RDL 4/2004, Impuesto sobre Sociedades

Normativa
Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.


Disposición transitoria vigésimo quinta.
Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.



Redacción válida hasta 31-12-14, según Ley 27/2014, de 27 de noviembre.
    Lo dispuesto en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 42 de esta Ley no será de aplicación a las reinversiones realizadas en los períodos impositivos iniciados dentro de 2007, cualquiera que sea el período impositivo en el que se practique la corrección de valor.

NOTA: Redacción dada por Ley 16/2007, de 4 de julio.

Puedes pagar menos impuestos si quieres

Te explicamos como ahorrar impuestos, es muy fácil



Siguiente: Artículo 21. RD 1776/2004, Reglamento del Impuesto sobre la Renta de No Residentes

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos