Disposición final segunda. Entidades acogidas a la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de Cooperativas.
Redacción válida hasta 31-12-14, según Ley 27/2014, de 27 de noviembre. 1. Las cooperativas tributarán de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de Cooperativas. 2. Los grupos de sociedades cooperativas podrán tributar en régimen de declaración consolidada de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1345/1992, de 6 de noviembre, por el que se dictan las normas para la adaptación de las disposiciones que regulan la tributación sobre el beneficio consolidado a los grupos de sociedades cooperativas.Legislación
- Equivalencia con Ley 27/2014 LIS D.F.1ª Ley 27/2014.Siguiente: Casilla 603 modelo 200. Segundo pago fraccionado.
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