Disposición Transitoria 35. RDL 4/2004. Bases imponibles negativas pendientes de compensar.

Normativa
Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Disposición transitoria trigésimo quinta. Bases imponibles negativas pendientes de compensar.



Redacción válida hasta 31-12-14, según Ley 27/2014, de 27 de noviembre.

    El plazo de dieciocho años para la compensación de bases imponibles negativas establecido en el artículo 25 de esta Ley, será también de aplicación a las bases imponibles negativas que estuviesen pendientes de compensar al inicio del primer período impositivo que hubiera comenzado a partir de 1 de enero de 2012.

NOTA: Redacción dada por RDL 9/2011, de 19 de agosto.

Siguiente: Disposición Adicional 15. RDL 4/2004. Gravamen especial sobre dividendos de rentas extranjeras.

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