Índice Ley 11/2009, de 26 de octubre, regulan las sociedades anónimas cotizadas e inversión en el mercado inmobiliario

Normativa

LEY 11/2009, de 26 de octubre, POR LA QUE SE REGULAN LAS
SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS DE INVERSIÓN EN EL MERCADO INMOBILIARIO.

FICHA NORMATIVA
Fecha de Publicación: 27/10/2009
Entrada en vigor:28/10/2009. Aplicable desde 1 de enero de 2009.
Normas complementarias:------
Última modificación:Ley 11/2021, de 09/07/21
Estado:VIGENTE

                        
   Exposición de motivos.

Articulo 1.  Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2.  Objeto social de las SOCIMI.
Artículo 3.  Requisitos de inversión.
Artículo 4.  Obligación de negociación en mercado regulado o sistema multilateral de negociación.
Artículo 5.  Capital social y denominación de la sociedad.
Artículo 6.  Distribución de resultados.
Articulo 7.  Financiación ajena.
Artículo 8.  Régimen fiscal especial.
Artículo 9.  Régimen fiscal especial de la sociedad en el Impuesto sobre Sociedades.
Artículo 10.  Régimen fiscal especial de los socios.
Artículo 11.  Obligaciones de información.
Artículo 12.  Régimen fiscal de la entrada-salida de este régimen fiscal especial.
Artículo 13.  Pérdida del régimen fiscal especial.

DISPOSICIONES ADICIONALES.


Disposición adicional primera. Transformación de Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario en Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliaria y viceversa.
Disposición adicional segunda. Alcance del término «obras análogas» a efectos del concepto de rehabilitación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Disposición adicional tercera. Revisión de las reglas de aplicación del artículo 108 de la Ley 24/1988, de 17 de julio, del Mercado de Valores.
Disposición adicional cuarta. Ampliación del límite máximo de cobertura para nueva contratación por cuenta del Estado realizado a través de CESCE.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS.


Disposición transitoria primera. Opción por la aplicación del régimen fiscal especial.
Disposición transitoria segunda. Período de arrendamiento.
Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de la modificación introducida en el artículo 108 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

DISPOSICIONES DEROGATORIAS.


Disposición derogatoria.

DISPOSICIONES FINALES.


Disposición final primera. Modificación del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
Disposición final segunda. Modificación del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Disposición final sexta. Modificación de la Ley 24/1988, de 17 de julio, del Mercado de Valores.
Disposición final séptima. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Disposición final octava. Modificación de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Disposición final novena. Modificación de la Ley 25/1964, sobre Energía Nuclear, y de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.
Disposición final décima. Título competencial.
Disposición final undécima. Habilitación normativa.
Disposición final duodécima. Entrada en vigor.

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