Preguntas frecuentes AEAT. ¿Op. Vinculadas quedan excluidas de las obligaciones de documentación?

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE OPERACIONES VINCULADAS


¿Qué operaciones vinculadas quedan excluidas del cumplimiento de las obligaciones de documentación con independencia de su cuantía?

    Quedan excluidas del cumplimiento de las obligaciones de documentación las siguientes operaciones vinculadas:

    a) Las operaciones realizadas entre entidades del mismo grupo de consolidación fiscal que tributen por el régimen especial de consolidación fiscal.

    b) Las operaciones realizadas por las agrupaciones de interés económico y uniones temporales de empresas, tanto con sus empresas miembros como con cualquier otra empresa del mismo grupo fiscal al que pertenezcan aquellas empresas miembros.

    c) Las operaciones realizadas en el ámbito de ofertas públicas de venta o de ofertas públicas de adquisición de valores.

    d) Las operaciones realizadas entre entidades de crédito integradas a través de un sistema institucional de protección (SIP) aprobado por el Banco de España, que tengan relación con el cumplimiento del referido sistema institucional de protección.

NORMATIVA: Artículo 16.2 del TRLIS, según redacción dada por la Ley 36/2006, de medidas para la prevención del fraude fiscal, de 29 de noviembre, y el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.

Artículos 18 a 20 del RIS, según redacción dada por el Real Decreto 1793/2008, de 3 de noviembre, y el Real Decreto 897/2010, de 9 de julio, por el que se modifica el RIS, en materia de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas.

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