D./Dª .....
(nombre y apellidos)....., mayor de edad, con N.I.F. nº ......... y domicilio a efectos de notificaciones en ....
(calle, plaza, avenida, etc.).................., nº ..., piso .... y CP ....., de ......................., actuando en calidad de ...
(administrador, representante legal, etc.)............ de la compañía mercantil ......
(nombre o razón social)......., comparece, y como mejor proceda,
EXPONE: Que habiendo sido iniciado contra mí un Procedimiento .................
(Sancionador/de Liquidación), con expediente número............................, por
DENUNCIA y no estimándolo conforme a Derecho, es por lo que, mediante el presente escrito vengo a formular las siguientes
ALEGACIONES PRIMERA.-Seleccionar opciónPosibles Alegaciones:
Denuncia anónima.
Conforme al Art. 20.5 de la Ley, cuando la actuación inspectora traiga causa de una denuncia, como ocurre en este caso, debe tenerse muy claro que no se pueden tramitar denuncias anónimas. En el mismo sentido se pronuncia el apartado 2 del Artículo 9 del Real Decreto 928/1998, que establece que no se tramitarán las denuncias anónimas ni las que tengan defectos o insuficiencias de identificación. Por tanto, no puede admitirse la denuncia formulada en este caso, por tratarse de una denuncia anónima cuya tramitación está expresamente prohibida por Ley.
La denuncia tiene defectos o insuficiencias de identificación.
Conforme al Art. 20.5 de la Ley, no se tramitarán las denuncias que tengan defectos o insuficiencias de identificación que no hayan sido subsanadas en el plazo establecido para ello; y ello es lo que ocurre en este caso, pues la denuncia no reune los reuisitos establecidos legalmente. El apartado 2 del Artículo 9 del Real Decreto 928/1998 establece que el escrito de denuncia deberá contener los datos de identificación personal del denunciante y su firma, los hechos presuntamente constitutivos de infracción en materias para las que resulte competente la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, fecha y lugar de su acaecimiento, identificación de los presuntamente responsables y demás circunstancias relevantes; y ello no se cumple en el presente caso. En consecuencia, y conforme a este último precepto, no se pueden tramitar las denuncias que tengan defectos o insuficiencias de identificación que no hayan sido subsanadas en el plazo de quince días. Por tanto, no puede admitirse la denuncia formulada en este caso, por tratarse de una denuncia anónima cuya tramitación está expresamente prohibida por Ley.
La denuncia tiene por objeto un asunto del que ya está conociendo el Juzgado.
Conforme al Art. 20.5 de la Ley, no se dará curso a aquellas denuncias cuyo objeto coincida con asuntos de los que esté conociendo un órgano jurisdiccional cuyo pronunciamiento pueda condicionar el resultado de la actuación inspectora. El objeto de la presente denuncia es............. y sobre el mismo existe un procedimiento que se tramita, con número de expediente.........., ante el Juzgado..................; por lo que la denuncia no puede tramitarse, ya que la sentencia que se dicte puede condicionar el resultado de la actuación inspectora. El apartado 2 del Artículo 9 del Real Decreto 928/1998 se pronuncia en el mismo sentido. En consecuencia, no se puede tramitar la presente denuncia y debe procederse a su archivo.
La denuncia carece por completo de fundamento.
Conforme al Art. 20.5 de la Ley, no se dará curso a aquellas denuncias que manifiestamente carezcan de fundamento. De la simple lectura de la denuncia se desprende que la misma carece por completo de fundamento por cuanto que...................... En consecuencia, conforme al precepto indicado, y al apartado 2 del Artículo 9 del Real Decreto 928/1998, que se pronuncia en el mismo sentido, no se puede tramitar la presente denuncia y debe procederse a su archivo.
DESPLIEGUE el MENÚ para elegir la opción que desee utilizar.
SEGUNDA.- Que en justificación de lo anteriormente alegado se aportan los siguientes documentos:
1.-
2.-
Por lo expuesto;
SOLICITA que se tenga por presentado este escrito, en tiempo y forma, con sus
copias, lo admita y tenga por realizadas las anteriores alegaciones, a fin de que, en sus méritos, acuerde declarar el archivo del procedimiento; y con cuanto más proceda en Derecho.
En ....
(Población)........., a ... de ............ de ..... .
Fdo.: D./Dª .................................
A LA INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE ................../ A LA ...... DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ................ Legislación
Artículo 20 Ley 23/2015 LITSS. Normas generales, origen de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y condición de interesado.
Artículo 9 Real Decreto 928/1998 RISIOS. Formas de iniciación.
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DenuncianteInicio por denuncia Jurisprudencia y Doctrina
Jurisprudencia sobre el procedimiento administrativo de la Inspección de Trabajo.
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