ANEXO IV Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.

Normativa
Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.

ANEXO IV. Límites de renta y patrimonio para los beneficiarios del IMV por situación de vulnerabilidad económica del año en curso, conforme al artículo 11, apartado 5




    A efectos de acreditar provisionalmente el cumplimiento del requisito de rentas, la renta y patrimonio de conformidad con lo previsto en el artículo 20 y primer párrafo del artículo 21, apartado 7 de la presente Ley, de la persona individual o de la unidad de convivencia, en el ejercicio inmediatamente anterior a la solicitud, no podrán superar los siguientes umbrales:

    - 300 % de la renta garantizada correspondiente a un adulto solo, con la escala de incremento que corresponda del anexo I

    - 100 % del límite de patrimonio neto correspondiente a un adulto solo con la escala de incremento que corresponda del anexo II.

    En todo caso será de aplicación el límite del test de activos definido en el anexo III.


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