ACTAS DE LIQUIDACIÓN
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social procederá a la extensión de las actas de liquidación en las deudas de cuotas originadas por las siguientes situaciones:- Falta de afiliación o de alta de los trabajadores en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.
- Diferencias de cotización por trabajadores dados de alta, cuando dichas diferencias no resulten directamente de los documentos de cotización presentados dentro o fuera del plazo reglamentario.
- Por derivación de la responsabilidad del sujeto obligado al pago, cualquiera que sea su causa y Régimen de la Seguridad Social aplicable. En los supuestos de responsabilidad solidaria la Inspección podrá extender acta a todos los sujetos responsables o a alguno de ellos.
- Aplicación indebida de las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social, previstas reglamentariamente para la financiación de las acciones formativas del subsistema de formación profesional para el empleo.
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Reclamación deudas por cuotasRequerimiento de pago de cuotas por parte de la inspección de trabajoConcurrencia de actas de liquidación con actas de infracciónLegislación
Artículo 34 RD 8/2015, Ley General de la Seguridad Social. Actas de liquidación de cuotas.Artículo 65 RD 1415/2004, Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Actas de liquidación.Siguiente: Naturaleza y contenido de la providencia de apremio por deudas contraídas con la Seguridad Social.
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