Artículo 19 Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo

Normativa
Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de empleo

Artículo 19. Financiación autonómica de las políticas activas de empleo.



Redacción válida hasta 13.11.15, según Real Decreto Legislativo 3/2015.

    Las políticas activas desarrolladas en las comunidades autónomas y cuya financiación no corresponda al Servicio Público de Empleo Estatal, o en su caso las complementarias de las del Servicio Público Estatal, se financiarán, en su caso, con las correspondientes partidas que los presupuestos de la comunidad autónoma establezcan, así como con la participación en los fondos procedentes de la Unión Europea.

Equivalencia Normativa



Art. 25 R.D.L. 3/2015 Ley de Empleo.

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