Artículo 2. Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, reforma urgente del Sistema de Formación Profesional.

Normativa
Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, reforma urgente del Sistema de Formación Profesional

Artículo 2. Fines del sistema.



    Los fines del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral son:

    a) Favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar sus competencias profesionales y sus itinerarios de empleo y formación, así como su desarrollo profesional y personal.

    b) Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.

    c) Atender a los requerimientos del mercado de trabajo y a las necesidades de las empresas, proporcionando a los trabajadores las competencias, los conocimientos y las prácticas adecuados.

    d) Mejorar la empleabilidad de los trabajadores, especialmente de los que tienen mayores dificultades de mantenimiento del empleo o de inserción laboral.

    e) Promover que las competencias profesionales adquiridas por los trabajadores, tanto a través de procesos formativos como de la experiencia laboral, sean objeto de acreditación.

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