Artículo 10. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjeros en España

Normativa
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjero en España y su integración social

Artículo 10. Derecho al trabajo y a la  Seguridad Social.



    1. Los extranjeros residentes que reúnan los  requisitos previstos en esta Ley Orgánica y en las disposiciones que la  desarrollen tienen derecho a ejercer una actividad remunerada por cuenta  propia o ajena, así como a acceder al sistema de la Seguridad Social,  de conformidad con la legislación vigente.

    2. Los extranjeros podrán acceder al empleo  público en los términos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del  Estatuto Básico del Empleado Público.

    Se modifica por el art. único.12 de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre .

    Se modifica por el art. 1.8 de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.


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