Artículo 120. Tramitación.
Los procesos derivados de la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, se ajustarán a las normas contenidas en el Capítulo relativo a los procesos por despidos y sanciones sin perjuicio de las especialidades que se enuncian en los artículos siguientes.Siguiente: Artículo 121. Ley 36/2011, de 10 de Octubre, reguladora de la jurisdicción social.
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