Artículo 218.
Redacción válida hasta 11.12.11, según Ley 36/2011. El recurso podrá prepararlo cualquiera de las partes o el Ministerio Fiscal dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia impugnada.Siguiente: Artículo 219. Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, Ley de Procedimiento Laboral
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