Artículo 220.
Redacción válida hasta 11.12.11, según Ley 36/2011. Cumplidos los requisitos para recurrir, se tendrá por preparado el recurso siguiéndose los trámites establecidos en los artículos 207, 208 y 209 de la presente ley. Se modifica por el art. 10.119 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre.Siguiente: Artículo 221. Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, Ley de Procedimiento Laboral
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.