Artículo 252.
Redacción válida hasta 11.12.11, según Ley 36/2011. De constar la existencia de bienes suficientes, el embargo que se decrete se ajustará al orden legalmente establecido. En caso contrario y al objeto de asegurar la efectividad de la resolución judicial cuya ejecución se insta, se efectuará la adecuación a dicho orden una vez conocidos tales bienes.Siguiente: Artículo 253. Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, Ley de Procedimiento Laboral
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