Artículo 8. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjeros en España

Normativa
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjero en España y su integración social

Artículo 8. Libertad de asociación.



    Todos los extranjeros tienen el derecho de  asociación en las mismas condiciones que los españoles.

    Se modifica por el art.único.10 de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre de 2009.

    Se declara la inconstitucionalidad de artículo con los efectos que se indican en el fundamento jurídico 17, por Sentencia del TC 236/2007, de 7 de noviembre.

    En el mismo sentido se pronuncian:

    Sentencia del TC 259/2007, de 19 de diciembre.

    Sentencia del TC 260/2007, de 20 de diciembre.

    Sentencia del TC 261/2007, de 20 de diciembre.

    Sentencia del TC 262/2007, de 20 de diciembre.

    Sentencia del TC 263/2007, de 20 de diciembre.

    Sentencia del TC 264/2007, de 20 de diciembre.

    Sentencia del TC 265/2007, de 20 de diciembre.

    Se modifica el apartado 1 por el artículo 1.5 de la Ley 8/2000, de 22 de diciembre de 2000.


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