Artículo 96. Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, Ley de Procedimiento Laboral

Normativa
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, aprueba texto refundido de la ley de procedimiento laboral

Artículo 96.



Redacción válida hasta 11.12.11, según Ley 36/2011.

    En aquellos procesos en que de las alegaciones de la parte actora se  deduzca la existencia de indicios fundados de discriminación por razón  de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad,  edad u orientación sexual, corresponderá al demandado la aportación de  una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las  medidas adoptadas y de su proporcionalidad.

    
    Se modifica por el art. 40.1 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre.


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