Artículo 13. Trabajo a distancia.
Modificado por Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia. Las personas trabajadoras podrán prestar trabajo a distancia en los términos previstos en la Ley 10/2021 de trabajo. a distancia.NOTA: Redacción modificada por Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.Comentarios
Contrato de trabajo a distanciaAspectos claves de la regulación del "teletrabajo"Legislación
Estatuto Trabajadores Art.8 R.D.L. 2/2015 Forma del contrato Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distanciaFormularios
Acuerdo sobre prestación de trabajo a distanciaRedacción Anterior
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Equivalencia Ley anterior Art. 13 R.D.L. 1/1995 Estatuto TrabajadoresQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.