Artículo 22. Prestaciones de orfandad causadas por violencia contra la mujer.
Las prestaciones de orfandad causadas por violencia contra la mujer, previstas en el artículo 224.1, tercer párrafo, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, experimentarán en 2025 un incremento igual al que se apruebe para el salario mínimo interprofesional para dicho año, de conformidad con el artículo 79.8 del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.