Artículo 360. Cuantía.
La cuantía de la prestación económica por parto o adopción múltiples será la siguiente:>Número de hijos nacidos o adoptados | Número de veces el salario mínimo interprofesional |
2 | 4 |
3 | 8 |
4 y más | 12 |
Equivalencia Normativa
Art. 188 R.D.L. 1/1994 Ley General de la Seguridad Social.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.