Bonificación hombres menos 45 años discapacitados por transformación indefinido contrato temporal fomento del empleo y contratos formativos

BONIFICACIÓN HOMBRES MENORES DE 45 AÑOS DISCAPACITADOS POR TRANSFORMACIÓN EN INDEFINIDO DE CONTRATO TEMPORAL DE FOMENTO DEL EMPLEO, CONTRATOS PARA LA ADQUISICIÓN DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL Y DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA


    Dispone el Art. 2.2 de la Ley 43/2006 que los empleadores tendrán derecho a las siguientes bonificaciones:

    - En el supuesto de transformación en indefinidos de los contratos temporales de fomento del empleo celebrados con personas con discapacidad, o de transformación en indefinidos de contratos formativos suscritos con trabajadores con discapacidad, tendrán derecho a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, de su equivalente diario por trabajador contratado, de 375 euros/mes (4.500 euros/año) durante toda la vigencia del contrato.

    - La bonificación será de 425 euros/mes (5.100 euros/año) si el trabajador con discapacidad está incluido en alguno de los grupos siguientes:

    a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 %.

    b) Personas con discapacidad física o sensorial, con grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 %.

    Conforme a la Disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, respecto a las bonificaciones por la contratación de personas con discapacidad, serán de aplicación los apartados 2 y 3 del artículo 2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, así como los artículos 5 a 9 de la citada Ley 43/2006, de 29 de diciembre, referidos a los requisitos de los beneficiarios, las exclusiones, la concurrencia, cuantía máxima e incompatibilidad de las bonificaciones, el mantenimiento de bonificaciones y el reintegro de los beneficios, respectivamente.

Legislación



Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

Disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Siguiente: Bonificación mujeres menos 45 años discapacitados por transformación indefinido contrato temporal fomento del empleo y contratos formativos

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos