COMPATIBILIDADES E INCOMPATIBILIDADES DE LA PRESTACIÓN
Acorde con el contenido del artículo 361 TRLGSS y del artículo 29 del RD 1335/2005, la prestación económica por parto o adopción múltiple será compatible con:- El subsidio especial de maternidad por parto o adopción múltiples.
- Las asignaciones económicas por hijo o menor a cargo.
- La pensión de orfandad y en favor de nietos y hermanos que, en su caso, puedan corresponder.
Legislación
Art. 361 RDleg. 8/2015 TRLGSS. Incompatibilidades.Art. 29 RD 1335/2005 Compatibilidades.Comentarios
Beneficiarios de la prestación económica por parto o adopción múltipleQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.