Complemento: Asistencia y puntualidad

COMPLEMENTOS POR CALIDAD O CANTIDAD DE TRABAJO.


ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD.


    Comentar inicialmente que los complementos por calidad o cantidad de trabajo son los que el trabajador debe recibir por razón de una mejor calidad o una mayor cantidad de trabajo, vayan o no unidos a un sistema de retribución por rendimientos: primas e incentivos, pluses de actividad, asistencia o asiduidad, horas complementarias o extraordinarias o cualquier otro caso.

    En concreto, el plus por asistencia y puntualidad, así como el de asiduidad (asistencia continuada sin interrupción y/o con puntualidad) remuneran la particular diligencia del trabajador en el cumplimiento de una obligación primaria del contrato de trabajo: la asistencia puntual.
    
    Suele establecerse la percepción de este complemento en función de cada día que efectivamente se trabaja, si bien, puede elegirse cualquier otra forma para su devengo.

Legislación



Artículo 26 Estatuto Trabajadores. Del salario.
Artículo 27 Estatuto Trabajadores. Salario mínimo interprofesional.

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