BAJA DEL TRABAJADOR EN EL RÉGIMEN GENERAL.
Concepto de Baja.
La baja es un acto administrativo por el cual la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce la finalización en la prestación de sus servicios por parte del trabajador por cuenta ajena o bien el cese en su actividad del trabajador por cuenta propia.Legislación
Art. 16 R.D.L. 8/2015 Ley General de la Seguridad Social.Art. 139 R.D.L. 8/2015 Ley General de la Seguridad Social.Art. 29 R.D. 84/1996 Rgto. Inscripción empresas y afiliaciónSiguiente: La regulación de las excedencias en el Estatuto de los Trabajadores
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