DT 9ª. Ley 45/2002,de 12 de diciembre, Sistema de protección por desempleo y mejora ocupabilidad

Normativa
Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de Reforma del Sistema de Protección por Desempleo y Mejora de la Ocupabilidad.

Disposición transitoria novena. Reiteración de contratos temporales.



    La comunicación de la Entidad Gestora de las prestaciones por desempleo a que se refiere el nuevo artículo 145 bis de la Ley de Procedimiento Laboral se podrá dirigir a la autoridad judicial cuando el último de los reiterados contratos temporales entre el trabajador y la misma empresa se hubiera concertado tras la entrada en vigor de la presente Ley.

Legislación



Ley de Procedimiento Laboral Art.145 bis R.D.L. 2/1995  

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