Disposición transitoria decimonovena. Actas de liquidación de la Seguridad Social.
Redacción válida hasta 1.01.16, según Real Decreto Legislativo 8/2015. Los procedimientos referidos a actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social, contemplados en el artículo 31 de esta Ley, que se hayan iniciado con anterioridad a 1 de enero de 2010, se tramitarán hasta su finalización de conformidad con la normativa vigente en el momento de su inicio.Legislación
Ley General de Seguridad Social Art.31 R.D.L. 1/1994Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.