DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA. Entidades no sustitutorias pendientes de integración.
Redacción válida hasta 1.01.16, según Real Decreto Legislativo 8/2015. Derogada por Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.Siguiente: Disposición Transitoria 10ª RDL.1/1994, Ley General de la Seguridad Social
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