Disposición adicional cuarta. Tasa de expedición de los permisos de trabajo.
La tasa por los permisos de trabajo por cuenta propia expedidos como consecuencia de la aplicación de este Real Decreto queda fijada en 500 pesetas.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.