Disposición adicional octava.
Redacción válida hasta 11.12.11, según Ley 36/2011. Las disposiciones de esta ley no resultarán de aplicación en las cuestiones litigiosas sociales que se planteen en caso de concurso y cuya resolución corresponda al Juez del concurso conforme a la Ley Concursal, con las excepciones expresas que se contienen en dicha Ley. Se añade por la disposición final 15.10 de la Ley 22/2003, de 9 de julio. Actualización publicada el 10/07/2003, en vigor a partir del 01/09/2004Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.