Disposición adicional séptima. Elaboración de un catálogo de enfermedades profesionales.
Con efectos desde 19 de marzo de 2023 se añade por Ley 5/2023, de 17 de marzo, de pesca sostenible e investigación pesquera. El Ministerio competente elaborará un Catálogo de Enfermedades Profesionales propias de los y las trabajadoras del mar, atendiendo de forma específica a las condiciones de penosidad y exposiciones a agentes físicos que sufren las personas que se dedican a la recogida de marisco, tanto a pie como a flote, al cultivo del mejillón en batea, a la recogida de percebes en la roca, así como los buceadores en apnea para la recolección de recursos específicos
En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Accede al resto del contenido aquí
Siguiente: Disposición transitoria tercera Ley 47/2015, de 21 de octubre, de la protección social de trabajadores del sector marítimo-pesquero.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo,
Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.