Disposición adicional tercera. Informe de envejecimiento, Pacto de Toledo e interlocutores sociales.
El Gobierno informará, periódicamente, a la Comisión Permanente del Pacto de Toledo y a las Organizaciones empresariales y sindicales más representativas del resultado de las proyecciones de gasto de pensiones públicas del informe de envejecimiento que elabora la Comisión Europea.Siguiente: Disposición adicional cuarta Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo.
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