Disposición final décima. Salvaguardia del rango de disposiciones reglamentarias.
Mantiene su rango de real decreto el artículo 3 y la disposición adicional única del Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, modificado por la disposición final octava. En consecuencia, podrá ser modificado por una norma de ese mismo rango.Siguiente: Disposición final undécima Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero.
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