Disposición final primera Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, reforma urgente del Sistema de Formación Profesional.

Normativa
Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, reforma urgente del Sistema de Formación Profesional

Disposición final primera. Título competencial.



    Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.7.ª y 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral y la competencia para regular las bases de planificación general de la actividad económica respectivamente.

    Asimismo, la disposición final cuarta se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.16.ª y 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad y del régimen económico de la Seguridad Social, respectivamente.

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