Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.Nota: Se modifica conforme a la Orden ISM/1385/2023, de 21 de diciembre.Siguiente: Anexos Orden TAS/2865/2003 de Convenio especial en el Sistema de Seguridad Social
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