Disposición final séptima Ley 36/2011, de 10 de Octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Normativa
Ley 36/2011, de 10 de Octubre, reguladora de la jurisdicción social

Disposición final séptima. Entrada en vigor.



Desde 20 de marzo de 2024, modificado por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
    La presente Ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

NOTA: Redacción modificada (se suprime el apartado 2 y la numeración del apartado 1)) por Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.

Redacción Anterior



Redacción anterior a Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre


Siguiente: Índice Ley 36/2011, de 10 de Octubre, reguladora de la jurisdicción social

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos