Disposición final séptima Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, personas trabajadoras al servicio del hogar.

Normativa
Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

Disposición final séptima. Entrada en vigor.



Redacción válida hasta el 22 de mayo de 2024, por la entrada en vigor de Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.

    1. El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", con las excepciones que se indican en los apartados siguientes.

    2. La modificación normativa efectuada por el artículo sexto, así como las letras a) y c) de la disposición derogatoria única, en las que se prevé la derogación de la disposición adicional vigésima cuarta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y la derogación del artículo 34 bis del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, surtirán efectos desde el día 1 de enero de 2023.

    3. El apartado 1 de la disposición adicional primera entrará en vigor el día 1 de octubre de 2022.

    4. Lo dispuesto en los apartados 2 y 3 y el párrafo segundo del apartado 4 de la disposición adicional primera, producirán efectos cuando entre en vigor el desarrollo reglamentario previsto en los citados preceptos.

NOTA: Redacción modificada (apartado 4) Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo.
NOTA: Redacción modificada (apartado 4) por Ley 11/2023, de 8 de mayo.

Siguiente: Exposición de motivos Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.

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