¿Es posible sacar a trabajadores incluídos en el ERTE si posteriormente la empresa los necesita?
Esa figura es lo que se conoce como "desafectación" de trabajadores. Inicialmente no estaba prevista de forma expresa en la normativa reguladora de los ERTE, pero el Artículo 1 del Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo le otorga carta de naturaleza al establecer la situación de fuerza mayor parcial derivada del COVID-19 y permitir la recuperación parcial de su actividad y la reincorporación de las personas trabajadoras afectadas por medidas de regulación temporal de empleo, en la medida necesaria para el desarrollo de su actividad, primando los ajustes en términos de reducción de jornada. Entendemos que ello es lógico, dado que el ERTE es una medida de flexibilidad laboral, si existen razones que justifican modificar el número de trabajadores afectados (por ejemplo, nuevos pedidos y/o nuevas líneas de actividad, como ha acontecido con las fábricas de bebidas que ahora están fabricando alcohol para limpiar o las fábricas textiles que están haciendo batas y pijamas para sanitarios; o que retoman tímidamente la actividad por la desescalada) SÍ podrían sacarse del ERTE a los trabajadores necesarios para llevar a cabo esa labor. Para ello debe comunicar la decisión a los trabajadores afectados, y a los representantes de los trabajadores, si existen; y también debe comunicar la decisión al Servicio Público de Empleo, que estará abonando la prestación a esos trabajadores; Y a la Tesorería General de la Seguridad Social. Es conveniente también comunicarlo a la Autoridad Laboral, aunque solo es obligatorio comunicar la renuncia total al ERTE, conforme al Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial.Legislación
Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo.Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial.Comentarios
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